Resumen
El objetivo se centró en determinar los supuestos y efectos jurídicos de extensión del convenio arbitral a no signatarios, consignado en el artículo 14° de la Ley de Arbitraje Peruana (D.L.1071.) El tipo de investigación fue dogmático jurídico. Principales resultados: No existe consenso entre juristas respecto al contenido del artículo 14° de la LAP. La jurisdicción arbitral es excepcional, consagrada en la Constitución Política de 1993 y tiene su origen y limitaciones en el artículo 139. La Ley de Arbitraje Peruana regulada por el Decreto Legislativo N° 1071, tiene un carácter monista ya que su ámbito de aplicación es nacional e internacional. Conclusión: La extensión del convenio arbitral recae sobre la parte sustancial que es titular de los intereses contractuales, aunque no haya signado el convenio, constituyéndose legítimamente en parte